PRÁCTICA CALIFICADA DERECHO ADUANERO II UNIDAD

PRÁCTICA CALIFICADA DERECHO ADUANERO II UNIDAD

SEGÚN EL CASO:-RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN PARA CONSUMO ANTICIPADO SIN GARANTÍA

Nota: Responder con base legal exacta; LIMITARSE AL ESPACIO ASIGNADO.

 

MEDIDAS IMPOSITIVAS PARA LAS MERCANCÍAS DE LA SUBPARTIDA NACIONAL 6405.20.00.00 ESTABLECIDAS PARA SU INGRESO AL PAÍS (CALZADO)

 

 

 

Gravámenes Vigentes

Valor

Ad / Valorem

11%

Impuesto Selectivo al Consumo

0%

Impuesto General a las Ventas

16%

Impuesto de Promoción Municipal

2%

Derecho Específicos

N.A.

Derecho Antidumping

N.A.

Seguro

2% (300 USD)

Sobretasa Tributo

0%

Unidad de Medida:

(*)

Sobretasa Sanción

N.A.

IMPORTADOR: CASA TACNA SRL (TQ)- EXPORTADOR: LUI CORP (TAIWAN)   MERCADERÍA:- Calzado S/M EN CONTENEDOR 20”  -Precio de INVOICE: 30,000 USD.HANDLING: 100 USD. –ARRIBO DE LA NAVE HUAL AL CALLAO: 28 OCT 2019. TÉRMINO DE DESCARGA (TDD[1]) 29 DE OCTUBRE 2019. – FLETE MARÍTIMO: TAIWAN – CALLAO: 2,500 USD. Estiba: 150 USD: FECHA DE NUMERACIÓN DAM: 1 NOVIEMBRE 2019. FLETE TERRESTRE LIMA – TACNA: 500 USD. Se presenta la Póliza de seguro “La Positiva”, prima: 285 usd. CANAL DE CONTROL: NARANJA. Importante: ADUANA DE DESPACHO TACNA.

1.    Determinar la base imponible o Valor en aduanas:                                       (5P)

Precio de INVOICE: 30,000 USD

F. Marítimo: 2,500 USD

F. Terrestre: 500 USD

Seguro: 258 USD

 

TOTAL: 33 285 USD

 

Base legal

El artículo 142 de la LGA, indica que “la base imponible para la aplicación de los derechos arancelarios se determinará conforme al sistema de valoración vigente (…)”

 

¿Cuándo nace la OTA[2]?                                                                                        

Fecha: 1 NOVIEMBRE 2019. (N° DAM)

 

Base legal

Según el artículo 140° de LGA, la obligación tributaria aduanera nace; en la importación para el consumo, en la fecha de numeración de la declaración

 

 

 

 

¿Cuándo se hace exigible la OTA? Y ¿Qué SIGNIFICA LA EXIGIBILIDAD? (3 P)

Fecha: 30 DE OCTUBRE 2019

 

 

BASE LEGAL

El artículo 150.a.1 de la LGA precisa, la obligación tributaria aduanera, es exigible en la importación para el consumo; sin garantía, bajo despacho anticipado, a partir del día calendario siguiente de la fecha del término de la descarga.

SIGNIFICADO:

La exigibilidad de la obligación tributaria aduanera está referida a precisar la fecha de inicio del cómputo para el cobro de los intereses moratorios.

 

 

 

 

 

2     En caso de existir una Fiscalización Posterior. ¿Hasta qué fecha cesaría la acción fiscalizadora de SUNAT en este caso de activarse PRESCRIPCIÓN?           (5 P)

Fecha:

01 de Enero de 2024

 

Base legal (TUO del CT):

Artículo 43 - Plazo de prescripción: (…) Prescribe a los 4 años (…)

Artículo 44- Computo de los plazos de prescripción: (…) Desde el uno (1) de enero del año siguiente a la fecha en que vence el plazo.

3.    En la hipótesis de que el canal de control sea ROJO y se detecta que la partida arancelaria fue consignada erróneamente en la DAM (DUA). ¿Qué sanciones y a quien o quienes se le aplicaría?                                                                                                                 (5 P)

Infractor(es):

 

 

- Despachador de aduana.

 

- Empresa de servicio de entrega rápida.

 

 

Sanciones (detallar CON BASE LEGAL en Ley General de Aduanas y Tabla de Infracciones y sanciones)

 

 

LGA: Art. 197: Infracciones aduaneras del operador de Comercio Exterior Inciso i)

TABLA DE SANCIONES:

 

-       N68: Asignar una subpartida nacional incorrecta,  si existe incidencia en los tributos o recargos, salvo que resulte aplicable el supuesto de infracción N69. (...)

Sanción: Equivalente al doble de los tributos y recargos dejados de pagar o garantizar.

Gravedad: Grave.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4.    Si se produce una notificación con la Resolución de Determinación correspondiente en el domicilio fiscal de la empresa el 28 de mayo del 2021  y Ud. como abogado recomienda accionar recurso de Reclamación, responda (con base legal caso contrario no se concederá puntaje) (5 puntos):

a.    Hasta cuando tiene plazo para interponer el recurso.

 

Notificaron el 28 de mayo del 2021, se computa desde el 31 de mayo y se tiene hasta el viernes 25 de junio para interponer el recurso reclamación.

 

Base legal: Código Tributario, Libro 3, artículo 137 inc. 2: REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD, Tratándose de reclamaciones contra Resoluciones de Determinación, Resoluciones de Multa, resoluciones que resuelven las solicitudes de devolución, resoluciones que determinan la pérdida del fraccionamiento general o particular y los actos que tengan relación directa con la determinación de la deuda tributaria, éstas se presentarán en el término improrrogable de veinte (20) días hábiles computados desde el día hábil siguiente a aquel en que se notificó el acto o resolución recurrida.

b.    En caso de no obtenerse respuesta formal de la Intendencia de Aduanas de Tacna en el plazo de ley. Cómo y en qué plazo accionaría (si la mejor opción es agotar vía administrativa).

 

Según el artículo 144 del Código Tributario: En el caso en que la Administración Tributaria no resuelva en el plazo establecido, ello no invalida la resolución en tanto el administrado pueda haber considerado denegado su reclamo, por consiguiente, puede interponer una apelación.

 

Según el artículo 146 del Código Tributario: La apelación de la resolución ante el Tribunal Fiscal deberá formularse dentro de los 15 días hábiles siguientes a aquél en que efectuó su notificación, mediante un escrito fundamentado.  

 

 



[1] Término de la Descarga.

[2] OTA : Obligación Tributaria Aduanera.


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